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LA TITULARIDAD DE SOBRE LAS AGUAS.

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El Estado retiene el Guadalquivir

Manuel Planelles Sevilla

El Estado recupera todas las competencias sobre el Guadalquivir al no encontrar Junta y Gobierno una salida legal para que Andalucía pueda asumir la gestión

Publicado en ElPaís.com

TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE AGUAS

TÍTULO PRELIMINAR

Artículo 1. Objeto de la Ley.

1. Es objeto de esta Ley la regulación del dominio público hidráulico, del uso del agua y del ejercicio de las competencias atribuidas al Estado en las materias relacionadas con dicho dominio en el marco de las competencias delimitadas en el artículo 149 de la Constitución.

2. Las aguas continentales superficiales, así como las subterráneas renovables, integradas todas ellas en el ciclo hidrológico, constituyen un recurso unitario, subordinado al interés general, que forma parte del dominio público estatal como dominio público hidráulico.

3. Corresponde al Estado, en todo caso, y en los términos que se establecen en esta Ley, la planificación hidrológica a la que deberá someterse toda actuación sobre el dominio público hidráulico.

4. Las aguas minerales y termales se regularán por su legislación específica

TÍTULO I

Del dominio público hidráulico del Estado

CAPÍTULO I

De los bienes que lo integran

Artículo 2. Definición de dominio público hidráulico.

Constituyen el dominio público hidráulico del Estado, con las salvedades expresamente establecidas en esta Ley:

a) Las aguas continentales, tanto las superficiales como las subterráneas renovables con independencia del tiempo de renovación.

b) Los cauces de corrientes naturales, continuas o discontinuas.

c) Los lechos de los lagos y lagunas y los de los embalses superficiales en cauces públicos.

d) Los acuíferos subterráneos, a los efectos de los actos de disposición o de afección de los recursos hidráulicos.

e) Las aguas procedentes de la desalación de agua de mar una vez que, fuera de la planta de producción, se incorporen a cualquiera de los elementos señalados en los apartados anteriores.

Fuente: BOE

La titularidad de todas las aguas, es del Estado Español.

Y a su vez, es una de las cosas que nunca se debieron trasferir a las Comunidades Autónomas.

No hago esta aseveración porque sea de Murcia ni a propósito del descabellado trasvase del Ebro. Pongamos este mismo río, el Ebro:

Nace en Reinosa, Cantabria; pasa por Álava, la Rioja, Navarra, Aragón y Cataluña. Si cada Comunidad Autónoma tiene competencias en su tramo, se podría dar el caso que a la siguiente no llegara ni una gota de agua.

Deberá ser el Estado que a través de las correspondientes Confederaciones Hidrográficas realice la gestión responsable del agua; un bien tan escaso como indispensable para la vida.

A la luz del artículo 1º de esta Ley, hay que hacer una aclaración; los recursos de cuenca:

Los recursos de cuenca lo componen todas las aguas de esa cuenca. Todas. Superficiales, subterráneas, depuradas, donadas de otras cuencas, desalinizadas. Todas las aguas.

Oímos hablar de competencias sobre las cuencas hidrográficas como si esto fuese una causa menor y que afectara únicamente a la Comunidad por dónde discurra el río en cuestión. Por ejemplo, la sobreexplotación de los acuíferos relativamente cerca de los nacimientos de los ríos, podrían secarlos. Si esto se hace en otra Comunidad distinta al nacimiento del río, como esa sería soberana sobre sus aguas, nadie podría reprochar nada.

A mí como murciano me duele que mi tierra se esté tornando parda en lugar de verde. Me duele que mi Valle del Guadalentín que en otro tiempo fuera despensa agrícola de Europa, ahora estén abandonados muchísimos cultivos. Me duele. Pero es que en esto influyen varios factores principalmente:

- Que producir por las malas políticas regionales en materia de agricultura, no sea rentable.

– Que se hayan sobreexplotado los acuíferos con el agravante de la salinización de los suelos y el descenso alarmante del nivel freático.

– Que se haya incentivado desde el desgobierno regional la irracional política urbanística detrayendo recursos a la agricultura. Un campo de golf necesita la misma agua que una ciudad de 20.000 habitantes.

– Que el desgobierno regional haya estado con la matraca del trasvase del Ebro rechazando otras formas de consecución de agua. De haberse llevado a cabo este despropósito de trasvase, el agua hubiera llegado a Murcia como muy pronto a finales de 2.012; para esa fecha, no quedaría nada para regar, estaría todo seco. Lo que ocurre, es que nunca estuvo en la mente de los políticos del Levante Español destinar esas aguas a la agricultura. En la mente enferma de megalomanía del felpudo de Murdoch, estaba la de convertir el Mediterráneo Español en La Florida de Europa, y para ello, no solo se precisaría el agua del Ebro, sino la de otros ríos también. Ahora que la gallina de los ladrillos de oro ha muerto por sobreexplotación, se piensa en la agricultura.

Hay que recordar que la ampliación de la desalinizadora de Torrevieja (Alicante) estuvo paralizada por Camps y la de Valdelentisco (Isla Plana, Cartagena), paralizada por Valcárcel I “el magnífico”.

Esto es lo que ocurre cuando la falta de agua es utilizada como herramienta política.

Cabe hacer otra consideración con respecto del trasvase del Tajo al Segura y que a su vez debería tenerse en cuenta ante la posibilidad de otros trasvases:

El dinero que pague la cuenca receptora por el aprovechamiento del agua, deberá única y exclusivamente ser utilizado para mejorar la cuenca donante. No es de recibo después de la ingente cantidad de dinero pagada por Murcia por el aprovechamiento del agua, por el Tajo discurran aguas sin depurar. Por Toledo el agua no es limpia. Tampoco se han realizado infraestructuras para que los manchegos puedan regar las aguas del Tajo. El Guadiana por La Mancha, no lleva agua en la mayoría de sus tramos.

Aparte de la sequía, a las Tablas de Daimiel ha afectado la sobreexplotación de los acuíferos que las rodean. Salvar este humedal, debe ser contemplado como prioritario.

La historia de los trasvases en España se remonta a siglos atrás. Durante la II República Española, también se plantearon. Pero la concepción presentada por José Borrell de interconexión de cuencas, si es de verdad un Plan Hidrológico Nacional. Fue rechazado este plan hasta por sus compañeros de filas. José Borrell como poco, era un loco visionario.

Y quiero volver al principio:

El titular de todas las aguas es:

El Estado Español.


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